martes, 20 de abril de 2021

UNA NECESARIA LEY DE MEMORIA DEMOCRÁTICA

 https://www.laopiniondemurcia.es/opinion/2021/04/20/necesaria-ley-memoria-democratica-48492805.html

 

Asistí el pasado día 16 a los actos programados por el Club Atalaya-Ateneo de la Villa de Cieza en homenaje a la II República española, de cuya proclamación se han cumplido noventa años. Acompañado de la buena música y poesía de mi amigo yeclano Vicente Palao, diserté sobre el proyecto de ley, en trámite parlamentario, de Memoria Democrática, texto que ha de sustituir a la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, aprobada durante el Gobierno de José Luis R. Zapatero. 

En nuestro país, a 82 años del final de la Guerra Civil, y a diferencia de Alemania e Italia, en donde no existe, sí sigue siendo necesaria una ley de Memoria Democrática. Las intervenciones de la oposición de derechas en el Parlamento el pasado día 14, con ocasión del Día de la República, virulentas y en extremo vomitivas, demuestran que no hemos superado las secuelas de la dictadura.

Y es que nuestra actual democracia, el ‘edificio’ de la Transición política, se construyó sobre unos cimientos basados en la impunidad de los crímenes del franquismo. Hoy, esa impunidad coexiste con un revisionismo histórico que niega o relativiza esos crímenes de la dictadura, sin olvidar la posición de historiadores que, como Hugh Thomas, mantienen una equidistancia respecto de la responsabilidad de los dos bandos (en realidad, el único bando existente fue el de los militares golpistas, frente a quienes defendían la legalidad republicana). Esa equidistancia ha sido negada por Paul Preston en su documentado libro El holocausto español en el que expone, sin cortapisas, los crímenes cometidos en la retaguardia republicana, pero de ninguna manera comparables, cuantitativa ni cualitativamente, a los actos criminales y al horror que las tropas de Queipo de Llano y Franco desataron en su avance por tierras andaluzas y extremeñas en los primeros momentos de la guerra, como anticipo de lo que sería la cruel represión posterior. 

Porque los datos no engañan: una dictadura sanguinaria de casi cuarenta años de duración vino precedida de una guerra, mal llamada civil, que provocó medio millón de muertos, igual número de exiliados, el exilio interior, más de 120.000 desapariciones forzadas, 10.000 españoles deportados a los campos de exterminio nazi con la complicidad de Franco y de Serrano Suñer, el trabajo esclavo, la horrible represión también sobre la mujer, el robo de bebés, la incautación de bienes de republicanos, etc. 

Hasta ahora, el Estado monárquico, amparándose en una política de reconciliación entre los españoles, no ha reconocido en nuestro país el esfuerzo y el sacrificio de aquellos republicanos y republicanas que lucharon por la libertad. La paradoja es que el jefe del Estado sí asistió fuera de nuestras fronteras, en París (2015), junto a la alcaldesa de esa ciudad, Anne Hidalgo, al acto de inauguración del Jardín de la Nueve, como homenaje a aquella compañía del general Leclerc, integrada básicamente por españoles, que entró en París el 24 de agosto de 1944. Pero Felipe VI, en su discurso, en ningún momento recordó la condición de republicanos de aquellos españoles. 

Destacados historiadores y analistas insisten en que, como justificación de esa política de reconciliación de la población española, se ha extendido un tupido velo sobre ese aciago periodo de nuestra Historia; se han practicado políticas de desmemoria que han impregnado incluso los contenidos curriculares de la enseñanza. Políticas de desmemoria que coexisten, como decíamos arriba, con la impunidad que se ha instalado en nuestro ordenamiento jurídico. 

La Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, en sus artículos 2.e y 2.f es muy explícita en este sentido, pues consolida la prescripción de los crímenes franquistas. Razón por la que, hoy, los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) tienen ante sí una complicada tarea: según una información de prensa de hace unos días, han de dictaminar si los juzgados españoles investigan esos crímenes. Hasta ahora, basándose en esa Ley, el TC había venido avalando los archivos de las demandas presentadas por grupos de familias de las víctimas, que siguen esperando que el TC admita a trámite sus recursos de amparo.

Este movimiento reivindicativo, que empieza a producir ‘grietas’ en el hasta ahora monolítico criterio de la judicatura sobre el sobreseimiento de esos casos, tiene lugar precisamente cuando el Gobierno tramita un proyecto de Ley de Memoria Democrática que contempla dotar al Tribunal Supremo de una Fiscalía especializada en la investigación de los crímenes del franquismo; Fiscalía que nace con ciertas limitaciones a juicio de las asociaciones memorialistas, pues no se le dota de contenido para enjuiciar esos crímenes. Una vez más, la Ley de Amnistía actúa como ‘tapón’. 

El proyecto de ley de Memoria Democrática presenta, a juicio de asociaciones memorialistas de todo el Estado, algunos avances respecto al texto vigente de diciembre de 2007. Sin ánimo de ser exhaustivo, podríamos destacar: el reconocimiento jurídico de las víctimas del franquismo por el Estado español; el tratamiento de los lugares de la Memoria, que representa una evidente mejora respecto de la ley de 2007; la creación de un Banco de ADN, el Censo de Víctimas y la apuesta por un mapa de fosas permanentemente actualizado; la eliminación de la simbología franquista; la implantación de la Memoria Histórica en el sistema educativo; la condena de la apología del franquismo y la extinción de fundaciones y asociaciones que exhiban dicha apología; la resignificación democrática del Valle de Cuelgamuros (los Caídos), etc. 

Dicho esto, el nuevo proyecto de ley presenta algunas limitaciones y carencias. Para empezar, y por sintetizar, la condena del franquismo debería ocupar un punto único (artículo 1º) y adecuarse a las Resoluciones de las Naciones Unidas. En cuanto a la fecha que cubre la ley, debería ampliarse hasta 1983 (y no sólo hasta 1975), porque desde 1975 a ese año hubo unos doscientos asesinatos por parte de las fuerzas de orden público y miembros de la extrema derecha. La eliminación de la Ley de Amnistía, o al menos los artículos 2e y 2f, sigue siendo una reivindicación inaplazable.

Parece una omisión grave, absolutamente inaceptable, que, como víctimas del franquismo, no se cite a los integrantes de la Unión Militar Democrática (UMD) que fueron perseguidos, condenados a penas de prisión o expulsados de las Fuerzas Armadas. Por otra parte, creemos que la guerrilla antifranquista debería tener un artículo específico.

El proyecto de ley establece el día 31 de octubre (ese día de 1978 las Cortes aprobaron la Constitución) como recuerdo de las víctimas del franquismo, pero hay otras fechas más significativas: 27 de septiembre, fecha de los últimos fusilamientos de la dictadura en 1975; 26 de abril, aniversario del bombardeo de Guernica en 1937; o la del 8 de febrero de ese año, aniversario de la masacre de la carretera de Málaga-Almería. 

La ley declarará la nulidad de las resoluciones y condenas dictadas por los órganos de represión franquistas, que asimismo se declaran ilegítimos. Pero el término ilegitimidad es sólo una categoría moral, carece de validez jurídica: lo suyo sería declarar tanto las sentencias franquistas como los tribunales y toda la legislación represiva como nulos e ilegales. 

Estos son algunos de los aspectos más destacables de una Ley totalmente necesaria en esta España en donde la intolerancia y el regreso al pasado parecen estar al día. Porque, como concluye un excelente documental realizado por la Asociación de la Memoria Histórica de Cartagena (MHC), titulado Cartagena: los Lugares de Memoria y estrenado el pasado día 14 en esa ciudad, «los pueblos que olvidan su pasado están condenados a ser manipulados».