(Publicada en La Verdad)
El juez admite la querella sobre La Zerrichera y cree que pudo existir conexión entre las administraciones.
El magistrado da curso a la petición de la Fiscalía y citará como imputados a los altos cargos de Medio Ámbiente y Urbanismo y al alcalde de Águilas Estima que el supuesto delito más grave se habría cometido en Murcia.
M. BUITRAGO/MURCIA
Paralizado. El proyecto de urbanización está paralizado desde mayo del año pasado.
El caso de la polémica urbanización de La Zerrichera ha recibido otro empujón judicial con la decisión del magistrado Antonio Alcázar Fajardo de admitir a trámite la querella presentada por el fiscal jefe del TSJ contra altos cargos del Gobierno regional y el alcalde de Águilas, por los presuntos delitos de prevaricación, falsedad en documento oficial, negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos, tráfico de influencias y cohecho.Las diligencias practicadas por el fiscal jefe Manuel López Bernal, a raíz de sendas denuncias presentadas por la Asociación de Naturalistas del Sureste y el PSOE, estiman que no se debió autorizar la recalificació n de unos terrenos protegidos -que se extienden sobre 2,4 millones de metros cuadrados en un paraje situado a unos diez kilómetros de Águilas- y que el proceso administrativo para facilitar la urbanización promovida por el Grupo Hispania está plagado de supuestas irregularidades.Los imputados son el alcalde de Águilas, Juan Ramírez Soto, del Partido Popular; el ex concejal del mismo partido, José López Díaz; la ex directora general de Medio natural, Encarnación Muñoz Martínez; el director general de Calidad Ambiental, Antonio Alvarado Pérez; el director general de la Vivienda, Arquitectura y Urbanismo, Manuel Alfonso Guerrero Zamora; el subdirector general de la Vivienda, José María Ródenas Cañada; y el jefe de Servicio de Calidad Ambiental y presidente de la Comisión Técnica de Impacto Ambiental, Juan Ignacio Sánchez Gelabert. Este último fue incluido en la querella por el fiscal en una comunicación del 16 de marzo pasado.
El juez de Lorca se abstuvo
El titular del juzgado de Instrucción número 3 de Murcia da cursado así a la querella después de que otro juez de Lorca, Juan Alcázar, rechazara hace un mes la instrucción del caso -el fiscal jefe del TSJ presentó la querella en los juzgados lorquinos- por falta de competencia territorial y por entender que los delitos se habrían cometido en la capital, donde tienen sus sedes las direcciones generales implicadas y las consejerías de Medio Ambiente y de Política Territorial que aprobaron la recalificació n de los terrenos para facilitar la urbanización impulsada por el Grupo Hispania, propiedad de Trinitario Casanova Abadía, que pretendía alcanzar las 4.000 viviendas, junto con un hotel y campo de golf en unos terrenos protegidos como LIC y ZEPA.Ahora, a mes y medio de las elecciones autonómicas y municipales, el juzgado de Instrucción número 3 de Murcia ha decidido que se cite a declarar a los imputados y que se practiquen «las actuaciones necesarias para la averiguación y esclarecimiento de los hechos, los autores y sus circunstancias» . El magistrado Antonio Alcázar Fajardo rehusó hablar el pasado lunes con La Verdad y se remitió al gabinete de prensa del Tribunal Superior de Justicia.
El delito principal
Al considerar la competencia territorial del caso, Antonio Alcázar acepta básicamente los argumentos expuestos el pasado día 5 de marzo por so colega lorquino. Las razones por las que ha admitido a trámite la querella se fundamentan en que los hechos denunciados reúnen los requisitos que establece el artículo 277 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin perjuicio del principio de presunción de inocencia. En cuanto a la jurisdiccionalidad, entiende que el supuesto delito más grave, el de falsedad documental, se pudo haber cometido en Murcia. Sobre la existencia de concertación o no entre las administraciones públicas -léase del Ayuntamiento de Águilas y de las consejería implicadas- el magistrado murciano apunta que «según el relato fáctico contenido en la querella los hechos supuestamente delictivos se habrían cometido tanto en la localidad de Águilas como en Murcia, pudiendo calificarse apriorísticamente de conexos por cuando, aparentemente, persiguen todos ellos la misma finalidad. Ciertamente», añade el auto judicial, «no consta explícitamente en el texto fáctico de la querella que hubiera concierto previo... Sin embargo, no se entendería esa coordinación sucesiva de las distintas administraciones a que alude el Ministerio Fiscal sin una previa concertación».Añade asimismo que «pese a las dudas que suscita el lugar de inicio de la supuesta actividad delictiva como criterio de atribución de competencias, es inobjetable que el delito más grave imputado en la querella, el de falsedad documental, se habría cometido presuntamente en Murcia».
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